RESOLUCIÓN N° 586/22
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EFECTUADA DE MANERA DIRECTA. OBRA: RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS BARRIO LOS INGENIEROS - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21301, el día 26 de Agosto de 2022.



SALTA, 18 de Agosto de 2022

RESOLUCIÓN Nº 586

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 207.861/21 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 411/22; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado (fs. 158/159) se declara desierto el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 33/22 para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS BARRIO LOS INGENIEROS - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 23.458.880,66 (pesos veintitrés millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que en ese marco a fs. 161/163, se efectuaron 3 (tres) invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 01 de Julio de 2.022 (fs. 165), presentaron sus ofertas 02 (dos) empresas “ROMERO Y CIA S.R.L.” y “TRESING S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 349/350, rola el informe de la Comisión Evaluadora, la cual recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “ROMERO Y CIA S.R.L.” y “TRESING S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que las ofertas admisibles verifican técnicamente con lo solicitado en los pliegos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en la especialidad saneamiento suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, sus planes de trabajos y metodologías coherentes, equipamientos suficientes y respetan los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión de Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “TRESING S.R.L.”, en la suma de $ 31.745.538,60 (pesos treinta y un millones setecientos cuarenta y cinco mil quinientos treinta y ocho con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, que representa un 1,88 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 351/352, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 354, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 355/356, mediante Dictamen Nº 323/22, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 357, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 124/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de contratación efectuada de manera directa, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 411/22, para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS BARRIO LOS INGENIEROS - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 23.458.880,66 (pesos veintitrés millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “TRESING S.R.L.” y “ROMERO Y CIA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072, adjudicar a la empresa “TRESING S.R.L.”, CUIT Nº 30-65087354-4, la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS BARRIO LOS INGENIEROS - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 31.745.538,60 (pesos treinta y un millones setecientos cuarenta y cinco mil quinientos treinta y ocho con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “TRESING S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038000301- Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 883 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image