RESOLUCIÓN N° 589/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN SECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR - SALTA - DPTO. CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21521, el día 31 de Julio de 2023.



SALTA, 20 de julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 589

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 231 - 52.149/2.020 - Cpde. 27 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la Obra: "REFACCIONES VARIAS EN SECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR - SALTA- DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 468/22 (fs. 88) a la firma DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 3.704.006,37 (pesos tres millones setecientos cuatro mil seis con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 (fs. 22/24);

Que a fs. 69/70, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 16 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 73, mediante Actuación Nº 73/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 74/75 el Dictamen Nº 179/23 y a fs. 76 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación en la redeterminacion Nº 1 equivalente al 19,33 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 y rechazando la redeterminación Nº 2 en consideración a que según Plan de Trabajos y certificación la obra ya se encuentra finalizada a la fecha del mes solicitado para su actualización;

Que a fs. 77, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 4.015.366,70 (pesos cuatro millones quince mil trescientos sesenta y seis con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 3.704.006,37 (pesos tres millones setecientos cuatro mil seis con 37/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 311.360,33 (pesos trescientos once mil trescientos sesenta con 33/100);

Que a fs. 79, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 82/84, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 85/86, mediante Dictamen Nº 414/23 la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 87, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 138/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS EN SECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 468/22, a la contratista DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 468/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 4.015.366,70 (pesos cuatro millones quince mil trescientos sesenta y seis con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 3.704.006,37 (pesos tres millones setecientos cuatro mil seis con 37/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 311.360,33 (pesos trescientos once mil trescientos sesenta con 33/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista DIEGO FRANCO VIVEROS, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008057601 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 881 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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