RESOLUCIÓN N° 63D/23
ACEPTA RENUNCIA. SR. JUAN SERGIO CORONEL. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21403, el día 01 de Febrero de 2023.



SALTA, 26 de Enero de 2023

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 63 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

EXPEDIENTE Nº 260655/22-código 89

VISTO la renuncia presentada por el señor JUAN SERGIO CORONEL, D.N.I Nº 12.712.743, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital Público de Autogestión “San Bernardo” - Ministerio de Salud Pública, a partir del 14 de noviembre de 2022, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio tramitada a través del Expediente Nº 0242012712743441 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 06 y 10);

Que el agente incumplió con la presentación del Estado Psico-Físico de Egreso, por su expresa negativa (fs. 05);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega a la Secretaría General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 14 de noviembre de 2022, la renuncia del señor JUAN SERGIO CORONEL, D.N.I Nº 12.712.743, al Cargo: Enfermero - Agrupamiento: Enfermería- Subgrupo: 2 - Nº de Orden 630, del Decreto Nº 3602/99, dependiente del Hospital Público de Autogestión “San Bernardo” - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el señor CORONEL, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Mangione





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