RESOLUCIÓN N° 600/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONTROLADOR DE FONDO - PUENTE RÍO PIEDRAS RUTA NACIONAL Nº 18 ISLA DE CAÑAS - DPTO. IRUYA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21105, el día 04 de Noviembre de 2021.



SALTA, 29 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 600

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 33 - 135.829/21 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “CONTROLADOR DE FONDO - PUENTE RÍO PIEDRAS RUTA NACIONAL Nº 18 - ISLA DE CAÑAS - DPTO. IRUYA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/62, la Dirección de Vialidad de Salta, eleva el relevamiento y el proyecto técnico elaborado con la Secretaría de Recursos Hídricos para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará disminuir lo máximo posible la acción del cauce del Río Piedras sobre la estructura del puente carretero sobre la Ruta Provincial Nº 18, lo cual produjo el rompimiento de los muros controladores de fondo;

Que la presente contratación tiene por objeto la ejecución de trabajos tendientes a resguardar la integridad del puente carretero sobre el Río Piedras, única vía de comunicación de los pobladores del Municipio de Isla de Cañas con los centros de abastecimientos y atención médica, como así también la conducción del caudal hacia el tercio medio de la luz del puente, conforme a las especificaciones de la Memoria descriptiva y la Memoria de cálculo de fs. 07/38;

Que, en virtud de ello, a fs. 63/72 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 11.340.630,60 (pesos once millones trescientos cuarenta mil seiscientos treinta con 60/100) IVA incluido, conforme a la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 64;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Isla de Cañas;

Que a fs. 73, rola el informe Técnico Ambiental Interno N° 354/21, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 77, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 82/85, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 86/88, rola Dictamen Nº 286/21 emitido por la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 89, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 123/21;

Que a fs. 91, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y la Resolución Nº 36/2.020 de la Secretaria de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONTROLADOR DE FONDO - PUENTE RÍO PIEDRAS RUTA NACIONAL Nº 18 - ISLA DE CAÑAS - DPTO. IRUYA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.340.630,60 (pesos once millones trescientos cuarenta mil seiscientos treinta con 60/100) IVA incluido, con la Modalidad Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Isla de Cañas.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Isla de Cañas, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008054902 - Proyecto: 583 - Unidad Geográfica: 99 Financiamiento: Ley 27429 (295) - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image