RESOLUCIÓN N° 601/22
DECLARA DESIERTO EL PROCESO SELECTIVO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 82/22. OBRA: OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE RED DE AGUA POTABLE - ANGASTACO - DPTO. SAN CARLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21305, el día 01 de Septiembre de 2022.



SALTA, 23 de Agosto de 2022

RESOLUCIÓN Nº 601

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 276.173/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 82/22 llevado a cabo para la contratación de la obra “OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE RED DE AGUA POTABLE - ANGASTACO - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 391/22 (fs. 120/121), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 15.148.640,56 (pesos quince millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta con 56/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 123/160, mediante Resolución Nº 104/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 168, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 169 y vta. en el Boletín Oficial, y a fs. 170 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 03 de Agosto de 2.022 (fs. 189), no se presentó ninguna oferta a la convocatoria, razón por la cual corresponde declarar desierta la contratación en curso, criterio igualmente recomendado por la Comisión de Preadjudicacion designada al efecto (fs. 190/191);

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 195/197, mediante Dictamen Nº 349/22, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare desierta a la Adjudicación simple mencionada;

Que a fs. 197 vta., rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura;

Que a fs. 198, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 95/22;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 82/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 391/22, para la ejecución de la obra “OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE RED DE AGUA POTABLE - ANGASTACO - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 15.148.640,56 (pesos quince millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta con 56/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar desierto el proceso selectivo de Adjudicación Simple Nº 82/22 mencionado en el Articulo 1º, conforme los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas, a realizar los tramites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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