RESOLUCIÓN N° 601D/19
BENEFICIO JUBILATORIO. SR. FERNANDO ALFREDO BURGOS.

Publicado en el Boletín N° 20559, el día 08 de Agosto de 2019.



SALTA, 5 de Agosto de 2019

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 601 D

MINISTERIO DE LA PRIMERA INFANCIA

EXPEDIENTE N° 1070376-122603/2019-0.

VISTO la renuncia presentada por el Sr. FERNANDO ALFREDO BURGOS, D.N.I. Nº 10.787.505, agente de Planta Permanente, dependiente del Ministerio de la Primera Infancia, a partir del 20 de Mayo de 2019, por acogerse al beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01278 de fecha 27 de Marzo de 2019 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 10 y 13);

Que el agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico, por su expresa negativa, (fs. 01);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Dirección General de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8053/17 y Nº 5348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE LA PRIMERA INFANCIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 20 de Mayo de 2019, la renuncia del Sr. FERNANDO ALFREDO BURGOS, D.N.I. Nº 10.787.505, al Cargo: Técnico Operador - Agrupamiento: Técnico - Subgrupo: 2 - Nº de Orden: 157, del Centro de Inclusión Transitoria Niño Jesús, dependiente del Subprograma Gestión y Supervisión Centro de Inclusión Transitoria, actual Secretaria De Niñez y Familia - Ministerio de la Primera Infancia, Decreto Nº 3294/15.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el Sr. BURGOS, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Fisico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Abeleira





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