RESOLUCIÓN N° 613/23
APRUEBA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE TRABAJOS. OBRA: DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN ALBERGUE ESCUELA Nº 4.463 - EL SALADILLO - DPTO. LA POMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21527, el día 08 de Agosto de 2023.



SALTA, 31 de julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 613

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 55.794/2.020 - Cpde. 33 y agregados.

VISTO la documentación técnica correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra “DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN ALBERGUE ESCUELA Nº 4.463 - EL SALADILLO - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. 523/21 (fs. 87), se adjudica la ejecución de la mencionada obra a la empresa CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 26.909.987,87 (pesos veintiséis millones novecientos nueve mil novecientos ochenta y siete con 87/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021 (fs. 04/06);

Que a fs. 01, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P. eleva el Adicional Nº 1 de la citada obra, adjuntando informe justificativo de su necesidad, la documentación técnica, cómputo y presupuesto, plan de trabajo y curva de inversión correspondientes a las tareas que conforman el mismo (fs. 39/59 y 89/90);

Que las tareas adicionales no previstas en el legajo técnico de la obra básica consiste en el cerramiento total de la galería que une el edificio nuevo con el existente, ya que el mismo es el único acceso de paso que tienen el personal docente y los alumnos, evitando que para su intercomunicación tengan que salir afuera;

Que los trabajos adicionales están constituidos por ítems en su mayoría contractuales, a excepción de tres ítems no contractuales como: “Demolición de muro en nexo de edificio nuevo con edificio existente”, “Excavación de zanjas para vigas” y “Puerta tablero 3,00 x 2,20 con vidrio fijo superior y marco de chapa”, aclarándose que en la planilla presentada por la empresa se incluye además una economía de obra correspondiente al portón metálico que estaba destinado al cerramiento de ingreso al albergue y que de aprobarse el presente adicional no será necesario;

Que a fs. 60 vta. y 61, la Dirección de Obras de Educación y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., prestan conformidad al Adicional de Obra Nº 1 solicitado;

Que a fs. 73, mediante Actuación Nº 19/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 74/75 el Dictamen Nº 69/23 y a fs. 76 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el Adicional Nº 1 asciende a la suma de $ 1.222.171,22 (pesos un millón doscientos veintidós mil ciento setenta y uno con 22/100), cifra que representa una variación equivalente al 4,54 % del monto contractual básico;

Que a fs. 77, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 80/82, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 del Ministerio de Economía y Servicio Públicos y por el Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 83, rola el informe Técnico Ambiental Nº 179/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 84/85, mediante Dictamen Nº 366/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del adicional de obra Nº 1;

Que a fs. 86, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante Informe Nº 14/26;

Que a fs. 88, la Dirección de Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto del adicional de referencia asciende a la suma de $ 1.222.171,22 (pesos un millón doscientos veintidós mil ciento setenta y uno con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021, contando con la conformidad de la contratista;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 94 y 95 de la Ley Nº 8.072, artículo 128 del Decreto Reglamentario Nº 1.319, articulo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P Nº 216/19,

EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS

RESUELVE
:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra “DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN ALBERGUE ESCUELA Nº 4.463 - EL SALADILLO - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la Empresa CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., que asciende a la suma de $1.222.171,22 (pesos un millón doscientos veintidós mil ciento setenta y uno con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021 y con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión del mencionado Adicional que rola a fs. 89/90 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 071011055604 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 735 - Unidad Geográfica: 91 - Ejercicio 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO



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