RESOLUCIÓN N° 628/22
APRUEBA DOCUMENTACIÓN. CUADRO MODIFICATORIO Nº 1. OBRA: DEFENSA EN RÍO LA CALDERA - MUNICIPIO DE LA CALDERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21314, el día 19 de Septiembre de 2022.



SALTA, 6 de Setiembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 628

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 196.738/21 - 0 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita la aprobación del Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra “DEFENSA EN RÍO LA CALDERA - MUNICIPIO DE LA CALDERA - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución S.O.P. Nº 158/22 (fs. 55/56) se adjudica la ejecución de la obra mencionada a la Municipalidad de La Caldera, suscribiéndose el Convenio de Obra Pública por la suma de $ 17.308.128,41 (pesos diecisiete millones trescientos ocho mil ciento veintiocho con 41/100) IVA incluido (fs. 57/59);

Que a fs. 79, la Dirección de Obras Municipales eleva a consideración de la superioridad un cuadro modificatorio y compensatorio de la obra de referencia, manifestando los motivos que dieran lugar al mismo y la variabilidad del monto del convenio, surgido del balance económico entre economías y demasías;

Que el presente cuadro modificatorio obedece a la necesidad de ejecutar en forma previa y por cuestiones de emergencia el encauce en el Arroyo Guaranguay, terraplén en el Río La Caldera y la descolmatación del puente de ingreso a la localidad, comprendiendo 3 (tres) nuevos ítems: 1) Excavación a maquina, a cielo abierto, para encauzamiento; 2) Terraplenado y encauzamiento, con transporte parcial de material pétreo extraído; y 3) Encauzamiento tipo batea del puente Río La Caldera, con retroexcavadora tipo 320;

Que la Dirección de Obras Municipales (fs. 82) y la Coordinación General de Obras de la S.O.P. (fs. 84 vta.), prestan conformidad al cuadro modificatorio y compensatorio requerido;

Que a fs. 85, rola la Actuación Nº 135/22 del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 86/87 el Dictamen Jurídico Nº 261/22 y a fs. 88 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, que estiman que el presente cuadro modificatorio y compensatorio resulta razonable y que el balance entre economías y demasías no altera el monto de la obra original de referencia;

Que a fs. 88 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete;

Que a fs. 89/90, mediante Dictamen Nº 281/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del cuadro modificatorio y compensatorio respectivo;

Que a fs. 91, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 10/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley Nº 8.072 y los artículos 67 y 5, pto. B) inc. 7) de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E LV E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación correspondiente al Cuadro Modificatorio Nº 1 que rola a fs. 69/78 de estas actuaciones, relacionada a la obra “DEFENSA EN RÍO LA CALDERA - MUNICIPIO DE LA CALDERA - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la Municipalidad de La Caldera, del que surge un balance neutro entre economías y demasías y que como Anexo forma parte de presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- En virtud de lo dispuesto precedentemente, comunicar al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO



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