RESOLUCIÓN N° 62D/21
BENEFICIO JUBILATORIO. SRA. MERCEDES MILENA LOPEZ.

Publicado en el Boletín N° 20928, el día 18 de Febrero de 2021.



SALTA, 09 de Febrero de 2021

RESOLUCIÓN Nº 62 D

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 282.836/2020 - código 234.

VISTO
la renuncia presentada por la señora Mercedes Milena Lopez, personal de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del beneficio jubilatorio;

Que conforme lo establece el artículo 8º, inciso f), de la Ley Nº 5.546 (Estatuto del Empleado Público) -modificado por el artículo 15 de la Ley Nº 8.064-, una vez que el agente obtenga el beneficio jubilatorio, corresponde emitir el pertinente acto administrativo de extinción de empleo público;

Que en tal sentido, la señora Lopez no realizó el examen médico de egreso, no registra sumario administrativo en trámite, ni posee bienes patrimoniales a su cargo;

Que la Subsecretaría de Personal de la Provincia intervino expidiéndose por la viabilidad de lo solicitado;

Que en virtud de las competencias asignadas mediante Ley Nº 8.171 a esta Cartera de Estado, corresponde el dictado del presente instrumento;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 1.595/2012,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar, con vigencia al 11 de noviembre de 2020, la renuncia presentada por la señora MERCEDES MILENA LOPEZ, DNI Nº 12.790.072, al cargo de Supervisor de Profesional, Agrupamiento Profesional, Subgrupo 1, Función Jerárquica II, de la Secretaría de Fortalecimiento Socio Comunitario, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, por haber obtenido el beneficio jubilatorio.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el citado agente no se realizará el examen psicofísico de egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Figueroa





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