RESOLUCIÓN N° 636/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 1 Y 2. ADICIONAL Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS DE DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE CASEROS Nº 670 - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21532, el día 15 de Agosto de 2023.



SALTA, 07 de agosto de 2023

RESOLUCIÓN Nº 636

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 408 - 76.777/21- Cpde. 32 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 del Adicional Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS DE DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE CASEROS Nº 670 - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 537/21 (fs. 69) a la empresa ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 4.092.441,77 (pesos cuatro millones noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y uno con 77/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 742/22 (fs. 70), se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 1.223.633,02 (pesos un millón doscientos veintitrés mil seiscientos treinta y tres con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 (fs. 02 y vta.);

Que a fs. 47/48, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 32 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 52, mediante Actuación Nº 192/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 53/54 el Dictamen Nº 192/23 y a fs. 55 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 80,37 % y 7,40 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Octubre y Noviembre del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 56/57, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 2.239.990,80 (pesos dos millones doscientos treinta y nueve mil novecientos noventa con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 1.223.633,02 (pesos un millón doscientos veintitrés mil seiscientos treinta y tres con 02/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 983.399,26 (pesos novecientos ochenta y tres mil trescientos noventa y nueve con 26/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 32.958,52 (pesos treinta y dos mil novecientos cincuenta y ocho con 52/100);

Que a fs. 58/59, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 62/65, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 66/67, mediante Dictamen Nº 444/23 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 68, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 158/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 del Adicional Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS DE DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE CASEROS Nº 670 - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 537/21, a la contratista ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, aprobado por Resolución S.O.P. Nº 742/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 2.239.990,80 (pesos dos millones doscientos treinta y nueve mil novecientos noventa con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 1.223.633,02 (pesos un millón doscientos veintitrés mil seiscientos treinta y tres con 02/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 983.399,26 (pesos novecientos ochenta y tres mil trescientos noventa y nueve con 26/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 32.958,52 (pesos treinta y dos mil novecientos cincuenta y ocho con 52/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L., por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005005401 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 813 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image