RESOLUCIÓN N° 648/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: CAMBIO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.489 - GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21116, el día 19 de Noviembre de 2021.



SALTA, 11 de Noviembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 648

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159 - 191.026/18 - 14 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CAMBIO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.489 - DR. RICARDO ALFONSÍN - GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 646/19 (fs. 44/47) a la empresa ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 2.019.688,39 (pesos dos millones diecinueve mil seiscientos ochenta y ocho con 39/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.019 (fs. 12/14);

Que posteriormente por Resolución S.O.P. Nº 410/2.020 (fs. 48/50), se aprueba el Cuadro Modificatorio y Compensatorio Nº 1 de la obra, que representa una economía de obra, quedando establecido el monto contractual en la suma de $ 2.014.296,51 (pesos dos millones catorce mil doscientos noventa y seis con 51/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2019;

Que a fs. 10, el Inspector de Obra considera cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 11 rola Nota de Pedido Nº 1, mediante la cual la contratista adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 63, mediante Actuación Nº 312/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 64/65 el Dictamen Nº 177/21 y a fs. 66 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación superior al 5% del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019;

Que a fs. 68, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 2.239.743,22 (pesos dos millones doscientos treinta y nueve mil setecientos cuarenta y tres con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019, comprensivo del monto contractual actualizado a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.019 por la suma de $ 2.014.296,51 (pesos dos millones catorce mil doscientos noventa y seis con 51/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 por la suma de $ 225.446,71 (pesos doscientos veinticinco mil cuatrocientos cuarenta y seis con 71/100);

Que a fs. 36/40, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 70, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 71/72 vta., mediante Dictamen Nº 262/21 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 73, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 108/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CAMBIO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.489 - DR. RICARDO ALFONSÍN - GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 646/19, a la contratista ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, actualizado mediante Resolución S.O.P. Nº 410/2.020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 2.239.743,22 (pesos dos millones doscientos treinta y nueve mil setecientos cuarenta y tres con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019, comprensivo del monto contractual actualizado a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.019 por la suma de $ 2.014.296,51 (pesos dos millones catorce mil doscientos noventa y seis con 51/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 por la suma de $ 225.446,71 (pesos doscientos veinticinco mil cuatrocientos cuarenta y seis con 71/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L., por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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