RESOLUCIÓN N° 677/19
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: MEJORAMIENTO DE VIVIENDA - MÓDULO 1 DORMITORIO Y BAÑO PARA DISCAPACITADO. MUNICIPIO GENERAL BALLIVIÁN. DPTO. SAN MARTÍN.

Publicado en el Boletín N° 20679, el día 05 de Febrero de 2020.



SALTA, 28 de Noviembre de 2019

RESOLUCIÓN Nº 677

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

>Expediente Nº 234-256.697/2017 Cpde. 10 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra "MEJORAMIENTO DE VIVIENDA - MÓDULO 1 DORMITORIO Y BAÑO PARA DISCAPACITADO - PARAJES LA PROVIDENCIA Y ZOPOTA - MUNICIPIO DE GENERAL BALLIVIÁN - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA"; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 159/2018 de esta Secretaria de Obras Públicas a la empresa LEGO CONSTRUCCIONES, por la suma de $ 1.017.419,07 (PESOS UN MILLÓN DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON SIETE CENTAVOS) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2018;

Que el Inspector de Obra de esta Secretaría, consideró cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2003 para dar curso a la solicitud de redeterminación;

Que la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/2013);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2° inciso e) del Decreto Nº 1.170/2003, modificado por Decreto Nº 3.721/2013, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% (CINCO POR CIENTO) del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que la Unidad Central de Contrataciones, constató la existencia de una variación equivalente al 14,75% (CATORCE CON SETENTA Y CINCO CENTÉSIMAS POR CIENTO) del valor del contrato en perjuicio de la contratista y redeterminó el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de mayo de 2018;

Que la Dirección de Obras Municipales, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 1.167.464,67 (PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2018, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Febrero de 2018 por la suma de $ 1.017.419,07 (PESOS UN MILLÓN DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON SIETE CENTAVOS) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de mayo de 2018 por la suma de $ 150.045,60 (PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CUARENTA Y CINCO CON SESENTA CENTAVOS);

Que la Coordinación Legal y Técnica de esta Secretaría de Obras Públicas, el Servicio Administrativo Financiero y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, han tomado en su oportunidad la intervención que les compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 1.448/1996, Decretos Nº 1.170/2003 y 3.721/2013,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Aprobar el Proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra "MEJORAMIENTO DE VIVIENDA - MÓDULO 1 DORMITORIO Y BAÑO PARA DISCAPACITADO - PARAJES LA PROVIDENCIA Y ZOPOTA - MUNICIPIO DE GENERAL BALLIVIÁN - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 159/2018 de esta Secretaria de Obras Públicas, a la contratista LEGO CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 1.167.464,67 (PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2018, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de febrero de 2018 por la suma de $ 1.017.419,07 (PESOS UN MILLÓN DIECISITE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON SIETE CENTAVOS) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de mayo de 2018 por la suma de $ 150.045,60 ((PESOS CINCUENTA MIL CUARENTA Y CINCO CON SESENTA CENTAVOS).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista LEGO CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 -Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 732 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2019.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO



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