RESOLUCIÓN N° 683D/19
BENEFICIO JUBILATORIO. LIC. MONICA ELENA MICULASEK.

Publicado en el Boletín N° 20583, el día 12 de Septiembre de 2019.



SALTA, 3 de Septiembre de 2019

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 683 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. nº 143269/19-código 369

VISTO
la renuncia presentada por la Lic. MONICA ELENA MICULASEK, D.N.I. Nº 12.803.023, agente de Planta Permanente, dependiente de la Dirección General Primer Nivel de Atención Área Operativa LVI Zona Sur - Ministerio de Salud Pública, a partir del 10 de Junio de 2019, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01278 de fecha 21 de Marzo de 2019 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 03 y 10);

Que la agente incumplió con la presentación del examen Psico-Físico de Egreso por su expresa negativa (fs.05);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Dirección General de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8053/17 y Nº 5348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial ;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 10 de Junio de 2019, la renuncia de la Lic. MONICA ELENA MICULASEK, D.N.I. Nº 12.803.023, al Cargo: Fonoaudióloga - Agrupamiento: Profesional de la Salud - Subgrupo: 1 - Orden Nº 974, dependiente de la Dirección General Primer Nivel de Atención Área Operativa LVI Zona Sur - Ministerio de Salud Pública, Decreto Nº 2734/12.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la Lic. MICULASEK, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Mascarello





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