RESOLUCIÓN N° 686/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REGULARIZACIÓN DE REDES DE AGUA Y CLOACAS EN CALLES VARIAS - ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21321, el día 28 de Septiembre de 2022.



SALTA, 21 de Setiembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 686

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 104.806/22 - 0 Cpde. y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REGULARIZACIÓN DE REDES DE AGUA Y CLOACAS EN CALLES VARIAS - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/23, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Rosario de la Frontera, eleva el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene por objeto el reemplazo de las redes de agua y cloaca y sus conexiones domiciliarias en varias calles posibilitando resolver las necesidades de infraestructura básica y las condiciones de salubridad de la citada localidad;

Que la presente contratación comprende el movimiento de suelo, la provisión y colocación de 765 m de cañería de PVC clase 6 de 75 mm y de piezas especiales de PVC clase 6, la construcción de dados de anclaje, la ejecución de 127 conexiones domiciliarias hasta la línea municipal, la rotura de pavimento de hormigón y la reposición del mismo, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y documentación técnica de fs. 27/28 y 35/62;

Que en virtud de ello, a fs. 26/62 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confecciona el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 32.068.824,23 (pesos treinta y dos millones sesenta y ocho mil ochocientos veinticuatro con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Rosario de la Frontera;

Que a fs. 66, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 327/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 71, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que conforme a lo dispuesto por la Resolución 102 D/22 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos (artículo 5, apartado 13), la presente obra (emergencia sanitaria) se encuentra exceptuada del requisito de la autorización de la Secretaría de Finanzas;

Que a fs. 74/75, rola Dictamen Nº 410/22, emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 76, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 133/22;

Que a fs. 78, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “REGULARIZACIÓN DE REDES DE AGUA Y CLOACAS EN CALLES VARIAS - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 32.068.824,23 (pesos treinta y dos millones sesenta y ocho mil ochocientos veinticuatro con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Rosario de la Frontera.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Rosario de la Frontera, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038009801 - Proyecto: 1017 - Unidad Geográfica: 140 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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