SALTA, 20 de Julio de 2020
RESOLUCIÓN Nº 0690
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expte. Nº 171385/20-código 321
VISTO la Resolución Ministerial Nº 486 de fecha 19 de mayo de 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Anexo del citado instrumento se detallan los prestadores de salud eximidos del Impuesto a las Actividades Económicas, establecidas por el artículo 3º del Decreto Nº 272/20, que han sido afectados especialmente a la atención prioritaria de la pandemia COVID-19;
Que debido a la situación existente vinculada al COVID-19 (coronavirus), declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como pandemia, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/20 se declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio provincial, por el plazo de seis meses;
Que la Empresa TISEC SRL, se encuentra afectada para atender la emergencia sanitaria y social producida por el COVID-19;
Que el señor Coordinador de Asuntos Legales y Relaciones Institucionales de este Ministerio, solicita incorporar al Anexo de la Resolución Ministerial Nº 486 la citada Empresa;
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar parcialmente la Resolución Ministerial Nº 486 de fecha 19 de mayo de 2020, dejando establecido que se incorpora al Anexo a la Empresa TISEC SRL, CUIT Nº 30-64723998-2, con domicilio en Avenida Arenales s/n, como beneficiario de la exención del Impuesto a las Actividades Económicas, establecidas por el artículo 3º del Decreto Nº 272/20.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Medrano de la Serna
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