RESOLUCIÓN N° 695/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIÓN PUESTO SANITARIO DE AGUAS VERDES - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21544, el día 01 de Septiembre de 2023.



SALTA, 23 de Agosto de 2023

RESOLUCIÓN Nº 695

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 29.035/23 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REFACCIÓN PUESTO SANITARIO DE AGUAS VERDES - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/16, rolan los antecedentes de las solicitudes remitidas por las áreas técnicas y las autoridades del Ministerio de Salud Pública y a fs. 41/67 el señor Intendente de la Municipalidad de Santa Victoria Este presenta el anteproyecto y solicita el financiamiento para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará la refacción completa del Centro de Salud de la localidad de Aguas Verdes;

Que la presente contratación comprende una sala para poder colocar las baterías de los paneles solares y un baño que se adosa a uno de los consultorios para poder de esta manera hacer una sala de internación o observación para las diferentes dolencias de las personas que concurran al mismo, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 93/94;

Que en virtud de ello, a fs. 88/102, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 18.824.255,49 (pesos dieciocho millones ochocientos veinticuatro mil doscientos cincuenta y cinco con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 96;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este;

Que a fs. 83, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 111/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 104, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 109/112, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 35/23 la citada cartera ministerial;

Que a fs. 113/114, rola Dictamen Nº 461/23 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 115, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 86/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “REFACCIÓN PUESTO SANITARIO DE AGUAS VERDES - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 18.824.255,49 (pesos dieciocho millones ochocientos veinticuatro mil doscientos cincuenta y cinco con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Santa Victoria Este.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Santa Victoria Este, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 806 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image