RESOLUCIÓN N° 69D/24
ACEPTA RENUNCIA. DR. GUMERCINDO DAVID JOVE CHOQUE. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21660, el día 28 de Febrero de 2024.



SALTA, 21 de Febrero de 2024

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 69 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 215812/23-código 369

VISTO la renuncia presentada por el doctor Gumercindo David Jove Choque, D.N.I. Nº 18.690.801, agente de planta permanente, dependiente de la Dirección de Primer Nivel de Atención Área Operativa LV Zona Sur - Hospital Papa Francisco del Ministerio de Salud Pública, a partir del 11 de noviembre de 2.023, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio Nº 14- 0-1618750-0-3, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno a su nombre (fs. 09 y 14);

Que el agente incumplió con la presentación del examen Psico-Físico de Egreso, pese a su expresa notificación (fs. 03);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega a la Secretaría General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 11 de noviembre de 2.023, la renuncia del doctor GUMERCINDO DAVID JOVE CHOQUE, D.N.I. Nº 18.690.801, al cargo: profesional asistente, agrupamiento: profesional de salud, subgrupo: 1, Nº de Orden: 1.365 del Decreto 2.734/12, dependiente de la Dirección de Primer Nivel de Atención Área Operativa LV Zona Sur - Hospital Papa Francisco del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el doctor JOVE CHOQUE, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Mangione





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