RESOLUCIÓN N° 73D/20
BENEFICIO JUBILATORIO. SEÑOR VICTOR JESUS RIOS.

Publicado en el Boletín N° 20691, el día 26 de Febrero de 2020.



SALTA, 17 de Febrero de 2020

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 73 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Exptes. Nºs 25.3596/19-código 127 y 293144/19-código 89

VISTO
la renuncia presentada por el señor Victor Jesus Rios, D.N.I. Nº 10.950.793, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital Público de Autogestión “San Bernardo” - Ministerio de Salud Pública, a partir del 11 de octubre de 2019, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01283 de fecha 19 de julio de 2019 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 16 y 20);

Que el agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso, pese a su notificación (fs. 08);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.053/17 y Nº 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 11 de octubre de 2019, la renuncia del señor VICTOR JESUS RIOS, D.N.I. Nº 10.950.793, al Cargo: Capellán, Agrupamiento: Técnico, Subgrupo: 2, Nº de Orden 803, dependiente del Hospital Público de Autogestión “San Bernardo” - Ministerio de Salud Pública, Decreto Nº 3.602/99.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el señor VICTOR JESUS RIOS, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Medrano de la Serna





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