RESOLUCIÓN N° 702/22
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 2 Y 3. OBRA: REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21324, el día 03 de Octubre de 2022.



SALTA, 26 de Setiembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 702

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159 - 172.884/15 - 25 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la Obra: “REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR N° 4.660 - CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 278/2.020 a la Empresa ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 4.450.238,49 (pesos cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil doscientos treinta y ocho con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.020 (fs. 34/36);

Que por Resolución S.O.P. Nº 289/21 (fs. 41/43), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 4.818.622,53 (pesos cuatro millones ochocientos dieciocho mil seiscientos veintidós con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.020 (fs. 37);

Que a fs. 44/45, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 33, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto N° 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 53, mediante Actuación Nº 417/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 54/55 el Dictamen Nº 299/21 y a fs. 56 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 8,43 % y 6,95 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Octubre y Noviembre del 2.020 respectivamente;

Que a fs. 58/59, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 5.232.605,86 (pesos cinco millones doscientos treinta y dos mil seiscientos cinco con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.020 por la suma de $ 4.818.622,53 (pesos cuatro millones ochocientos dieciocho mil seiscientos veintidós con 53/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020 por la suma de $ 273.363,98 (pesos doscientos setenta y tres mil trescientos sesenta y tres con 98/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.020 por la suma de $ 140.619,35 (pesos ciento cuarenta mil seiscientos diecinueve con 35/100);

Que a fs. 62/63, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 66/70, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 71/72, mediante Dictamen Nº 284/22 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 73, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 39/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la Obra: “REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. N° 278/2.020, a la contratista ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 289/21, estableciendo un nuevo monto total del contrato del contrato en la suma de $ 5.232.605,86 (pesos cinco millones doscientos treinta y dos mil seiscientos cinco con 86/100) IVA incluido a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.020 por la suma de $ 4.818.622,53 (pesos cuatro millones ochocientos dieciocho mil seiscientos veintidós con 53/100), de la actualización N° 2 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020 por la suma de $ 273.363,98 (pesos doscientos setenta y tres mil trescientos sesenta y tres con 98/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.020 por la suma de $ 140.619,35 (pesos ciento cuarenta mil seiscientos diecinueve con 35/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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