SALTA, 9 de Diciembre de 2021
RESOLUCIÓN Nº 705
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 386 - 236.721/21 - 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE DOS AULAS ESCUELA Nº 4519 - CAPITÁN GOBERNADOR JUAN DE SAN MARTÍN - APOLINARIO SARAVIA - DPTO. ANTA - PROV. DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/34, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Apolinario Saravia eleva el proyecto técnico y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá responder a las exigencias originadas por el aumento de la matrícula escolar y potenciar el servicio de educación pública en el establecimiento de la Escuela Nº 4519 “Capitán Gobernador Juan de San Martín”;
Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de dos aulas nuevas con su respectiva galería respetando la tipología edilicia existente y comprendiendo una superficie de 177 m2 nuevos, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 38/39 y a la documentación técnica de fs. 02/35;
Que, en virtud de ello, a fs. 37/45 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 11.719.173,66 (pesos once millones setecientos diecinueve mil ciento setenta y tres con 66/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 05/06;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Apolinario Saravia;
Que a fs. 46, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 396/21, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 73, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 78/82, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera municipal;
Que a fs. 83/84 vta., rola Dictamen Nº 414/21, emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 85, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 151/21;
Que a fs. 87, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE DOS AULAS ESCUELA Nº 4.519 - CAPITÁN GOBERNADOR JUAN DE SAN MARTÍN - APOLINARIO SARAVIA - DPTO. ANTA - PROV. DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.719.173,66 (pesos once millones setecientos diecinueve mil ciento setenta y tres con 66/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Apolinario Saravia
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Apolinario Saravia, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 2.300.000,00 al Curso de Acción: 071011005203 - Financiamiento: Plan Bicentenario (409) - Proyecto: 648 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas, en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2022, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 del Decreto Ley Nº 705/1.957.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente