SALTA, 26 de Setiembre de 2022
RESOLUCIÓN Nº 705
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 107.279/22 - 0 y agregados.
VISTO el legajo técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN MUROS DE ALA EN ALCANTARILA DESAGÜES PLUVIALES - LA SILLETA - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de los muros de Ala a la salida de la alcantarilla existente, por la que escurren los desagües pluviales del sector oeste originando graves problemas de erosión retrogada en el predio: Catastro Nº 538 A, ubicado a la altura del Km. 12,5 de la Ruta Nacional Nº 51 en la localidad de La Silleta, Dpto. Rosario de Lerma;
Que la obra proyectada comprende88 m2 de geotextil, 60 m2 de colchonetas de alambre galvanizado doble torsión, 28 m3 de gaviones de alambre galvanizado doble torsión, la excavación y acondicionamiento de cauce y 72 m3 de relleno de suelo, conforme a la Memoria Descriptiva de fs. 10 y especificaciones técnicas de fs. 34/47;
Que, en virtud de ello, a fs. 09/47, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 1.356.088,67 (pesos un millón trescientos cincuenta y seis mil ochenta y ocho con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 11;
Que la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley 8.072), con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;
Que a fs. 50 vta. y 51, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;
Que a fs. 56/59, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución N° 211/12 prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 60, rola informe Tecnico Ambiental Interno Nº 364/22 emitido por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 62/63, mediante Dictamen Nº 415/22, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;
Que a fs. 64, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 169/22;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/20 y 02/21 de la Secretaria de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 09/47 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN MUROS DE ALA EN ALCANTARILA DESAGÜES PLUVIALES - LA SILLETA - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 1.356.088,67 (pesos un millon trescientos cincuenta y seis mil ochenta y ocho con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de
2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1° de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.
ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:
>>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará a: Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.
De la Fuente