SALTA, 30 de agosto de 2023
RESOLUCIÓN Nº 707
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 104.021/23 - 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “TERMINACION DE CANCHA DE FUTBOL, PLAYON DEPORTIVO Y BAÑOS EN COMPLEJO MUNICIPAL - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/14, el señor Intendente de la Municipalidad de Cafayate presenta el anteproyecto y solicita el financiamiento para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene por objeto dar continuidad a los trabajos ejecutados oportunamente en el mencionado Complejo Municipal, para poder concretar los mismos de manera óptima y eficiente, generado mejores prestaciones para la comunidad en general;
Que la presente contratación tiene por objeto la terminación de los sectores destinados a las canchas del playón deportivo, la cancha de césped sintético, terminación de los sanitarios, la ejecución de la iluminación de espacios de circulación y los propios campos de juego, como así también la provisión de agua corriente y desagües pluviales y cloacales, conforme al detalle de la Memora Descriptiva de fs. 02/03 y de las especificaciones técnicas de fs. 17/22;
Que en virtud de ello, a fs. 36/52, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 14.268.778,86 (pesos catorce millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos setenta y ocho con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 37/38;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Cafayate;
Que a fs. 31, rola el informe Técnico Ambiental Nº 158/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 56, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 61/64, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 35/23 la citada cartera ministerial;
Que a fs. 65/66, rola Dictamen Nº 321/23 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 67, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 93/23;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “TERMINACION DE CANCHA DE FUTBOL, PLAYON DEPORTIVO Y BAÑOS EN COMPLEJO MUNICIPAL - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 14.268.778,86 (pesos catorce millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos setenta y ocho con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Cafayate.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Cafayate, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 041012002701 - Proyecto: 230 - Unidad Geográfica: 21 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente