RESOLUCIÓN N° 710/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: READECUACIÓN ELÉCTRICA DEL 3º BLOCK DEL CENTRO CÍVICO GRAND BOURG - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21134, el día 20 de Diciembre de 2021.



SALTA, 13 de Diciembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 710

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 41 - 165.800/21 - 0 y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales para la ejecución de la obra “READECUACIÓN ELÉCTRICA DEL 3er BLOCK DEL CENTRO CÍVICO GRAND BOURG - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/03 rolan los informes emitidos por el Departamento de Patrimonio y Servicios Generales del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y la Coordinación Financiera del citado Ministerio, planteando la necesidad de la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto ejecutar el tendido eléctrico para la colocación de 22 equipos de aires acondicionados tipo split con sus respectivos tomacorrientes, realizando todo lo necesario para que todos los equipos se encuentren perfectamente energizados, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 06 y de las Especificaciones Técnicas de fs. 29/35;

Que en virtud de ello, a fs. 05/35 la Dirección de Obras Municipales, confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 2.019.191,37 (pesos dos millones diecinueve mil ciento noventa y uno con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021;

Que la ejecución de la misma se efectuará por el procedimiento de Adjudicacion Simple (artículo 14 de la Ley Nº 8.072) con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a fs. 37, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 42/45, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economia y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 47, rola informe Tecnico Ambiental Interno Nº 463/21 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 48/49 vta., mediante Dictamen Nº 346/21, la Asesoria Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple respectivo;

Que a fs. 50, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 176/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 05/35 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., para la ejecución de la obra “READECUACIÓN ELÉCTRICA DEL 3er BLOCK DEL CENTRO CÍVICO GRAND BOURG - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.019.191,37 (pesos dos millones diecinueve mil ciento noventa y uno con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con la modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

  • >Arq. Gustavo Huespe, Director de Obras Municipales de la S.O.P.

  • >>Ing. Guillermo Malanca, Jefe de Programa Obras Municipales de la S.O.P.

  • >>>Ing. Claudio Copa, Agente de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P.

  • >>>>Dr. Agustin A. Bonari, Director de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura.

  • >>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005000803 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 664 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

    ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



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