RESOLUCIÓN N° 717D/19
CONCEDE LICENCIA EXTRAORDINARIA SIN GOCE DE HABERES. ABOGADO MATIAS CARRION DE VITA.

Publicado en el Boletín N° 20581, el día 10 de Septiembre de 2019.



SALTA, 5 de Septiembre de 2019

RESOLUCIÓN Nº 717 D

MINISTERIO DE SEGURIDAD.-

Expediente Nº 295-216.038/2.019.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el abogado Matías Carrión De Vita, quien reviste en la Planta Permanente del Sistema de Emergencias 9-1-1, dependiente de este Ministerio, solicita Licencia Extraordinaria Sin Goce de Haberes, a partir del 02 de septiembre del 2.019; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado Profesional, solicita la misma por ejercer el cargo de Escribiente Auxiliar Interino en Poder Judicial de la Nación, Cámara Federal de Salta y que fuera designado mediante Resolución Nº 49 de fecha 28 de agosto del 2.019;

Que a fs. 08 se incorpora informe técnico del Programa de Recursos Humanos y Control de cargos de este Ministerio;

Que en virtud con lo expresado y atento Dictamen Nº 1.032/2.019 de la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, expidiéndose que el Abogado Carrión De Vita reúne todos los requisitos exigidos para acceder a la Licencia requerida, encuadrándose el mismo en el marco de lo previsto en el Artículo 69º del Decreto Nº 4.118/97 modificado por el Artículo 1o del Decreto Nº 1.668/08; por lo que corresponde el otorgamiento de dicha licencia, en consecuencia se procede a emitir el presente instrumento;

Por ello conforme las facultades delegadas por Decretos Nºs. 41/95, 1.575/08 y demás normas legales vigentes, corresponde el dictado del instrumento legal correspondiente;

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Conceder al Abogado MATIAS CARRION DE VITA, DNI N° 36.345.956, Agrupamiento Técnico-Sub Grupo 3- Nivel de Responsabilidad VII, Planta Permanente del Sistema de Emergencias 9-1-1, dependiente del Ministerio de Seguridad, una Licencia Extraordinaria Sin Goce de Haberes, con vigencia al 02 de septiembre del 2.019 y por el término de cinco (05) años, con encuadre en el Artículo 69º del Decreto Nº 4.118/97, modificado por el Artículo 1º del Decreto Nº 1.668/08.-

ARTICULO 2º.- Notificar a, a la Dirección General de Personal, al Programa Liquidaciones de la Coordinación General de Recursos Humanos de la Secretaría General de la Gobernación, al Programa de Recursos Humanos y Control de Cargos y a la Agencia Antidrogas de la Provincia del Ministerio de Seguridad.-

ARTICULO 3º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-



Oliver





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