RESOLUCIÓN N° 723/19
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4419. CAMPAMENTO VESPUCIO. DEPARTAMENTO SAN MARTÍN.

Publicado en el Boletín N° 20680, el día 06 de Febrero de 2020.



SALTA, 06 de Diciembre de 2019

RESOLUCIÓN Nº 723

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47-183.204/2019 Cpde. 1 y agregados.

VISTO el legajo técnico para la ejecución de la obra "REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.419 - SARGENTO JUAN BAUTISTA CABRAL - CAMPAMENTO VESPUCIO - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA"; y,

CONSIDERANDO:

Que los trabajos incluyen la pintura interior y de carpinterías y el reemplazo de la instalación eléctrica en sector de aulas, baños y locales del edificio;

Que en virtud de ello, la Dirección de Obras de Educación de ésta Secretaría de Obras Públicas, confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 2.324.565,55 (PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS);

Que la ejecución de la misma se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (SESENTA) días corridos;

Que la Coordinación Legal y Técnica y el Área ambiental de ésta Secretaría de Obras Públicas, el Servicio Administrativo Financiero, y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda han tomado la intervención que les compete;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/2018, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación, para la ejecución de la obra "REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.419 - SARGENTO JUAN BAUTISTA CABRAL - CAMPAMENTO VESPUCIO - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA", con un presupuesto oficial de $ 2.324.565,55 (PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS) y un plazo de ejecución de 60 (SESENTA) días corridos, por el procedimiento de Adjudicación Simple con la Modalidad de Ajuste Alzado, el que como anexo forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Dirección de Obras de Educación de esta Secretaría de Obras Públicas a realizar el respectivo llamado a Adjudicación Simple y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la obra citada en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018, a las siguientes personas:

· Dr. Gustavo Agustín Carrazán, Coordinador Legal y Técnico del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda.

· Arq. Maria Graciela Vilariño - Directora de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

· Arq. Emidio Posse S. - Jefe de Programa Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

· Arq. Teresita Chaile - Jefe de Programa de la Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 1.162.282,78 al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 852 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que ésta Secretaría de Obras Públicas, en coordinación con el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, y la Oficina Provincial de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el ejercicio 2020, para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/1957.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO


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