RESOLUCIÓN N° 727/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 2 Y 3. OBRA: CAMBIO DE CUBIERTAS ESCUELA Nº 4.055 - JOSÉ MANUEL ESTRADA - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21139, el día 28 de Diciembre de 2021.



SALTA, 22 de Diciembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 727

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159 - 246.501/17 - 28 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nºs 2 y 3 de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS ESCUELA Nº 4.055 - JOSÉ MANUEL ESTRADA - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 36/2.020 (fs. 53/54) a la contratista “FEU, GUSTAVO IVAN”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 3.522.029,85 (pesos tres millones quinientos veintidós mil veintinueve con 85/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 (fs. 18/20);

Que por Resolución S.O.P. Nº 168/21 (fs. 55/56), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 3.794.686,97 (pesos tres millones setecientos noventa y cuatro mil seiscientos ochenta y seis con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.020 (fs. 21/22);

Que a fs. 28/29, el Inspector de Obra considera cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de la presente redeterminación de precios;

Que a fs. 17, rola Nota de Pedido Nº 03 mediante la cual la contratista adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 32, mediante Actuación Nº 306/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 34/35 el Dictamen Nº 161/212 y a fs. 36 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 29,31 % y 6,29 % del valor del contrato, redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Diciembre de 2.020 y Enero de 2.021;

Que a fs. 38/39, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 4.079.389,68 (pesos cuatro millones setenta y nueve mil trescientos ochenta y nueve con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.020 por la suma de $ 3.794.686,97 (pesos tres millones setecientos noventa y cuatro mil seiscientos ochenta y seis con 97/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.020 por la suma de $ 248.770,58 (pesos doscientos cuarenta y ocho mil setecientos setenta con 58/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021 por la suma de $ 35.932,13 (pesos treinta y cinco mil novecientos treinta y dos con 13/100);

Que a fs. 41/42, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 45/49, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 50/51 vta., mediante Dictamen Nº 455/21 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;

Que a fs. 52, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 125/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nºs 2 y 3 de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS ESCUELA Nº 4.055 - JOSÉ MANUEL ESTRADA - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 36/2.020, a la contratista “FEU, GUSTAVO IVAN”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 168/21, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 4.079.389,68 (pesos cuatro millones setenta y nueve mil trescientos ochenta y nueve con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.020 por la suma de $ 3.794.686,97 (pesos tres millones setecientos noventa y cuatro mil seiscientos ochenta y seis con 97/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.020 por la suma de $ 248.770,58 (pesos doscientos cuarenta y ocho mil setecientos setenta con 58/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021 por la suma de $ 35.932,13 (pesos treinta y cinco mil novecientos treinta y dos con 13/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “FEU, GUSTAVO IVAN”, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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