RESOLUCIÓN N° 728/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: TOMA Y ACUEDUCTO PALERMO - MUNICIPALIDAD DE PAYOGASTA - DPTO. CACHI - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21141, el día 30 de Diciembre de 2021.



SALTA, 28 de Diciembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 728

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 251.274/21- 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “TOMA Y ACUEDUCTO PALERMO - MUNICIPALIDAD DE PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/11, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Payogasta, eleva el anteproyecto técnico, el cual cuenta con la revisión de la Secretaría de Recursos Hídricos a fs. 14/15 y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará realizar el abastecimiento de agua potable desde el río Palermo hacia el desarenador existente, beneficiando a los 3.000 pobladores, a la escuela y a los 220 productores de la zona de influencia;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de tres tomas de 5 mts. de largo con filtros ranura de 5mm, su colocación dentro de gaviones que tendrán externamente piedra bola de 15 cm y hacia el filtro piedra filtro, la captación a través de un acueducto paralelo y su conducción hasta el desarenador existenete con cañería PEAD k10 de 75 mm, la tapada de la cañería, la realización de la tapa de hormigón en el desarenador y el reemplazo de 155 mts de cañería del acueducto existente de 160 mm por estar colmatados, todo ello conforme a la Memoria Técnica de fs. 20/21 y Especificaciones Técnicas Particulares de fs. 38/40;

Que en virtud de ello, a fs. 19/40 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 15.200.000,00 (pesos quince millones doscientos mil con 00/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 23;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Payogasta;

Que a fs. 43, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 48/51, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera municipal;

Que a fs. 52/53 vta., rola Dictamen Nº 361/21 emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 54, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 501/21, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 55, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 189/21;

Que a fs. 57, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “TOMA Y ACUEDUCTO PALERMO - MUNICIPALIDAD DE PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 15.200.000,00 (pesos quince millones doscientos mil con 00/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Payogasta.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Payogasta, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 2.000.000,00 al Curso de Acción: 092007019003 - Proyecto: 652 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas, en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2022, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 del Decreto Ley Nº 705/1.957.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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