RESOLUCIÓN N° 737/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. ADICIONAL Nº 1. OBRA: TERMINACIÓN EDIFICIO PARA E.E.E. Nº 7.209 - LOCALIDAD CORONEL JUAN SOLÁ - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21552, el día 18 de Septiembre de 2023.



SALTA, 7 de setiembre de 2023

RESOLUCIÓN Nº 737

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 188.316/19 - Cpde. 43 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la Obra: “TERMINACIÓN EDIFICIO PARA E.E.E. Nº 7.209 - LOCALIDAD CORONEL JUAN SOLÁ - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 84/20 (fs. 75/76) a la firma TERRA OBRAS de Mercedes Isabel Portillo, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 6.193.655,01 (pesos seis millones ciento noventa y tres mil seiscientos cincuenta y cinco con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 (fs. 48/50);

Que posteriormente, mediante Resolución S.O.P. Nº 761/22 (fs. 53/54), se aprueba el Adicional Nº 1, por la suma de $ 1.059.512,23 (pesos un millón cincuenta y nueve mil quinientos doce con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 (fs. 51/52);

Que a fs. 56, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 55 rola Nota de Pedido mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 58, mediante Actuación Nº 139/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 59/60 el Dictamen Nº 231/23 y a fs. 61 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 353/67 % del valor del contrato del Adicional Nº 1 y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022;

Que a fs. 62, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual del Adicional Nº 1 en la suma total de $ 4.806.691,27 (pesos cuatro millones ochocientos seis mil seiscientos noventa y uno con 27/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 por la suma de $ 1.059.512,23 (pesos un millón cincuenta y nueve mil quinientos doce con 23/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 3.747.179,04 (pesos tres millones setecientos cuarenta y siete mil ciento setenta y nueve con 04/100);

Que a fs. 65, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 68/70, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 72/73, mediante Dictamen Nº 465/23 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 74, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 178/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RES U E LVE:

ARTÍCULO 1º.-Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la Obra: “TERMINACIÓN EDIFICIO PARA E.E.E. Nº 7.209 - LOCALIDAD CORONEL JUAN SOLÁ - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 761/22, a la contratista TERRA OBRAS de Mercedes Isabel Portillo.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 761/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 4.806.691,27 (pesos cuatro millones ochocientos seis mil seiscientos noventa y uno con 27/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 por la suma de $ 1.059.512,23 (pesos un millón cincuenta y nueve mil quinientos doce con 23/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2022 por la suma de $ 3.747.179,04 (pesos tres millones setecientos cuarenta y siete mil ciento setenta y nueve con 04/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista TERRA OBRAS de Mercedes Isabel Portillo, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011082802 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 886 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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