RESOLUCIÓN N° 742/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIÓN LABORATORIO Y OFICINA PARA EL REGISTRO CIVIL EN HOSPITAL DR. VICENTE ARROYABE - PICHANAL - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21553, el día 19 de Septiembre de 2023.



SALTA, 7 de setiembre de 2023

RESOLUCIÓN Nº 742

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 167- 1.684/22 - Cpde. 1011 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIÓN LABORATORIO Y OFICINA PARA EL REGISTRO CIVIL EN HOSPITAL DR. VICENTE ARROYABE - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 149/23 (fs. 75) a la firma “MUR MANUEL”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 21.776.798,92 (pesos veintiún millones setecientos setenta y seis mil setecientos noventa y ocho con 92/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2023 (fs. 3/4);

Que a fs. 57, el Inspector de Obra de la Dirección Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a procederá la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 60, mediante Actuación Nº 230/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 61/62 el Dictamen Nº 354/23 y a fs. 63 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 10,94 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;

Que a fs. 64, la Dirección Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 24.160.239,41 (pesos veinticuatro millones ciento sesenta mil doscientos treinta y nueve con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2022 comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Enero de 2023 por la suma de $ 21.776.798,92 (pesos veintiún millones setecientos setenta y seis mil setecientos noventa y ocho con 92/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 2.383.440,49 (pesos dos millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos cuarenta con 49/100);

Que a fs. 66, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 69/71, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 72/73, mediante Dictamen Nº 327/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 74, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 195/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIÓN LABORATORIO Y OFICINA PARA EL REGISTRO CIVIL EN HOSPITAL DR. VICENTE ARROYABE - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 149/23, a la contratista “MUR MANUEL”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 149/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 24.160.239,41 (pesos veinticuatro millones ciento sesenta mil doscientos treinta y nueve con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2023 comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Enero de 2023 por la suma de $ 21.776.798,92 (pesos veintiún millones setecientos setenta y seis mil setecientos noventa y ocho con 92/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 2.383.440,49 (pesos dos millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos cuarenta con 49/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “MUR MANUEL”, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017039701 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 423 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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