RESOLUCIÓN N° 743/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.476 - LUISA DOMITILA SARAVIA - LOCALIDAD DE CORONEL OLLEROS - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21553, el día 19 de Septiembre de 2023.



SALTA, 7 de Setiembre de 2023

RESOLUCIÓN Nº 743

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-60.142/22 - Cpde. 13 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.476 “LUISA DOMITILA SARAVIA” - LOCALIDAD DE CORONEL OLLEROS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 72/23 (fs. 58) a la firma “CASTELLON RENE LUIS”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 42.493.577,77 (pesos cuarenta y dos millones cuatrocientos noventa y tres mil quinientos setenta y siete con 77/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 (fs. 25/26);

Que a fs. 39, el Inspector de Obra de la Dirección Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 24, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 43, mediante Actuación Nº 178/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 44/45 el Dictamen Nº 304/23 y a fs. 46 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 5,89 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023;

Que a fs. 47, la Dirección Obras de Educación dela S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminarel monto contractual en la suma total de $ 44.495.686,84 (pesos cuarenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos ochenta y seis con 84/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 42.493.577,77 (pesos cuarenta y dos millones cuatrocientos noventa y tres mil quinientos setenta y siete con 77/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 2.002.109,07 (pesos dos millones dos mil ciento nueve con 07/100);

Que a fs. 49, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 52/54, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 55/56, mediante Dictamen Nº 488/23 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Publicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 57, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 192/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.476 “LUISA DOMITILA SARAVIA” - LOCALIDAD DE CORONEL OLLEROS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 72/23, a la contratista “CASTELLON RENE LUIS ”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 72/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 44.495.686,84 (pesos cuarenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos ochenta y seis con 84/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 42.493.577,77 (pesos cuarenta y dos millones cuatrocientos noventa y tres mil quinientos setenta y siete con 77/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 2.002.109,07 (pesos dos millones dos mil ciento nueve con 07/100.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “CASTELLON RENE LUIS”, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 1.400.000,00 al Curso de Acción: 071011126101 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 244 - Unidad Geográfica: 7 - Ejercicio: 2.023.

ARTICULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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