RESOLUCIÓN N° 744/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS ESCUELA N° 4.563 - DR. INDALECIO GÓMEZ - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21553, el día 19 de Septiembre de 2023.



SALTA, 7 de setiembre de 2023

RESOLUCIÓN Nº 744

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 148.902/22 - Cpde. 12 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.563 “DR. INDALECIO GÓMEZ” - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 1015/22 (fs. 72) a la empresa “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 47.155.893,94 (pesos cuarenta y siete millones ciento cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y tres con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 (fs. 23/25);

Que a fs. 54, el Inspector de Obra de la Dirección Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 22, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a procederá la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2o inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 56/57, mediante Actuación Nº 186/23 rola la intervención de Registro de Contratista de Obras Públicas, a fs. 58/59 el Dictamen Nº 317/23 y a fs. 60 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 11,58 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023;

Que a fs. 61 la Dirección Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 52.618.643,24 (pesos cincuenta y dos millones seiscientos dieciocho mil seiscientos cuarenta y tres con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 47.155.893,94 (pesos cuarenta y siete millones ciento cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y tres con 94/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 5.462.749,30 (pesos cinco millones cuatrocientos sesenta y dos mil setecientos cuarenta y nueve con 30/100);

Que a fs. 63, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 66/68, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 69/70, mediante Dictamen Nº 489/23 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 71, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 193/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.563 “DR. INDALECIO GÓMEZ” - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 1015/22, a la contratista “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 1015/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 52.618.643,24 (pesos cincuenta y dos millones seiscientos dieciocho mil seiscientos cuarenta y tres con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 47.155.893,94 (pesos cuarenta y siete millones ciento cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y tres con 94/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 5.462.749,30 (pesos cinco millones cuatrocientos sesenta y dos mil setecientos cuarenta y nueve con 30/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011126801 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 252 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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