RESOLUCIÓN N° 746D/19
MODIFICA ANEXO DEL DECRETO Nº 162/17. SARG. RET. SAMUEL ABEL DÍAZ. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20590, el día 24 de Septiembre de 2019.



SALTA, 18 de Septiembre de 2019

RESOLUCIÓN DELEGADA N° 746 D

MINISTERIO DE SEGURIDAD.-

Expediente N° 44-288.462/17 y Adj.-

VISTO
el Decreto N° 162/17, mediante el cual se dispone el pase a Retiro Obligatorio del Personal Superior y Subalterno de la Policía de la Provincia; y,

CONSIDERANDO:

Que a través del referido instrumento legal se dispuso el pase a Retiro Obligatorio del Sargento, SAMUEL ABEL DÍAZ, D.N.I. N° 23.917.725, Clase 1.974, Legajo Personal N° 12.395, consignado en el Anexo "PERSONAL SUBALTERNO POR RAZONES DE SALUD";

Que a fin de resolver la situación médico - laboral del Sargento Samuel Abel Díaz, se instruyó la Información Sumaria Administrativa DÍA N° 2.558/17, resuelta mediante la Resolución N° 47.400/18 a través de la cual la Jefatura de Policía de la Provincia, resolvió tener la patología sufrida por el nombrado como contraída "Independientemente del Servicio", de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 439° de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia; y declararlo exento de responsabilidad administrativa por no surgir causal de sanción;

Que en fecha 17 de Agosto de 2.018 el Departamento de Salud de la Policía de la Provincia diagnosticó que el Sargento Samuel Abel Díaz padece de "Enfermedad Psico-Orgánica Cerebral", patología que no guarda relación con el servicio y representa una incapacidad del 68% de la total obrera para desarrollar tareas de seguridad y defensa;

Que la UDAI NORTE SALTA de la ANSeS, concluye de acuerdo a los registro de los antecedentes, constancias existentes que el señor Abel Samuel Díaz representa una incapacidad psicofísica permanente y definitiva del 66%, para ejercer tareas de seguridad y defensa;

Que cabe señalar que la modificación de la causal de retiro, no resulta una mera disquisición teórica, puesto que el encuadre legal tiene especial importancia a la hora de determinar el haber de retiro, conforme las previsiones del Acta Complementaria al Convenio de Transferencia Provincial de Previsión Social, la Ley N° 6.719 y Ley N° 5.519;

Que por lo expresado y atento al análisis legal de la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el Dictamen N° 978/2.019, corresponde modificar el encuadre legal por el que se dispuso el Retiro Obligatorio del Sargento ® de la Policía de la Provincia, a través del dictado de la presente resolución;

Por ello y conforme la delegación de facultades previstas en los Decretos N°s. 41/95; 1.761/96; 1.105/02 y 1.575/08;

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Modificar parcialmente el Anexo del Decreto N° 162/17 referido a "PERSONAL SUBALTERNO POR RAZONES DE SALUD", encuadrando la situación del retiro otorgado al Sargento ® SAMUEL ABEL DÍAZ, D.N.I. N° 23.917.725, Clase 1.974, Legajo Personal N° 12.395 en la causal prevista en el Artículo 10°, inciso h) de la Ley N° 5.519, atento a lo expresado en el considerando de la presente resolución.

ARTICULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín oficial y archivar.



Oliver





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