RESOLUCIÓN N° 757/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 2, 3 Y 4. OBRA: REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.665 JESÚS DE LA DIVINA MISERICORDIA - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21555, el día 21 de Septiembre de 2023.



SALTA, 12 de Septiembre de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 757

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 189.876/18 - Cpde. 10 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3 y 4 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.665 JESÚS DE LA DIVINA MISERICORDIA - TARTAGAL- DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 551/22 (fs. 159/161) a la firma “ROMANO CONSTRUCCIONES”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 7.372.798,41 (pesos siete millones trescientos setenta y dos mil setecientos noventa y ocho con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 (fs. 146/148);

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 293/23 (fs. 156/158), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 9.929.775,89 (pesos nueve millones novecientos veintinueve mil setecientos setenta y cinco con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 (fs. 149);

Que a fs. 162/164, el Inspector de Obra de la Dirección Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 145 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 166, mediante Actuación Nº 183/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 167/168 el Dictamen Nº 314/23 y a fs. 169 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 8,21 %, 7,55 % y 5,61 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 170/172, la Dirección Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 11.227.379,67 (pesos once millones doscientos veintisiete mil trescientos setenta y nueve con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 9.929.775,89 (pesos nueve millones novecientos veintinueve mil setecientos setenta y cinco con 89/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 651.940,08 (pesos seiscientos cincuenta y un mil novecientos cuarenta con 08/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2022 por la suma de $ 424.102,07 (pesos cuatrocientos veinticuatro mil ciento dos con 07/100) y de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 221.561,63 (pesos doscientos veintiún mil quinientos sesenta y uno con 63/100);

Que a fs. 174/176, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 179/183, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 184/185, mediante Dictamen Nº 329/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 186, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 201/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE
:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3 y 4 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.665 JESÚS DE LA DIVINA MISERICORDIA - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 551/22, a la contratista “ROMANO CONSTRUCCIONES”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 293/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 11.227.379,67 (pesos once millones doscientos veintisiete mil trescientos setenta y nueve con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 9.929.775,89 (pesos nueve millones novecientos veintinueve mil setecientos setenta y cinco con 89/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 651.940,08 (pesos seiscientos cincuenta y un mil novecientos cuarenta con 08/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 424.102,07 (pesos cuatrocientos veinticuatro mil ciento dos con 07/100) y de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 221.561,63 (pesos doscientos veintiún mil quinientos sesenta y uno con 63/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ROMANO CONSTRUCCIONES”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011033402 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 285 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicaren el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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