RESOLUCIÓN N° 758/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 1, 2 Y 3. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN COMPLEJO FRONTERIZO EN MISIÓN LA PAZ - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21555, el día 21 de Septiembre de 2023.



SALTA, 12 de Septiembre de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 758

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 243.529/2.020 - Cpde. 38 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, 2 y 3 del Adicional Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS EN COMPLEJO FRONTERIZO EN MISIÓN LA PAZ - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA- PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 261/21 (fs. 75) a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 14.127.130,63 (pesos catorce millones ciento veintisiete mil ciento treinta con 63/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 (fs. 34/36);

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 636/22 (fs. 37/39), se aprueba el Adicional Nº 1 de la mencionada obra, por la suma de $ 3.529.714,71 (pesos tres millones quinientos veintinueve mil setecientos catorce con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 (fs. 41/42);

Que a fs. 49/51, el Inspector de Obra de la Dirección Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 05 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 54, mediante Actuación Nº 86/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 55/56 el Dictamen Nº 196/23 y a fs. 57 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 118,09 %, 9,13 % y 6,45 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 58/60, la Dirección Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual del Adicional Nº 1 en la suma total de $ 7.727.450,71 (pesos siete millones setecientos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 3.529.714,71 (pesos tres millones quinientos veintinueve mil setecientos catorce con 71/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2022 por la suma de $ 4.168.217,10 (pesos cuatro millones ciento sesenta y ocho mil doscientos diecisiete con 10/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 16.659,76 (pesos dieciséis mil seiscientos cincuenta y nueve con 76/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 12.859,14 (pesos doce mil ochocientos cincuenta y nueve con 14/100);

Que a fs. 62/64, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 67/71, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 72/73, mediante Dictamen Nº 491/23 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 74, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 199/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE
:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, 2 y 3 del Adicional Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS EN COMPLEJO FRONTERIZO EN MISIÓN LA PAZ - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, aprobado por Resolución S.O.P. Nº 636/22, a la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, aprobado por Resolución S.O.P. Nº 636/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 7.727.450,71 (pesos siete millones setecientos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 3.529.714,71 (pesos tres millones quinientos veintinueve mil setecientos catorce con 71/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2022 por la suma de $ 4.168.217,10 (pesos cuatro millones ciento sesenta y ocho mil doscientos diecisiete con 10/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 16.659,76 (pesos dieciséis mil seiscientos cincuenta y nueve con 76/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 12.859,14 (pesos doce mil ochocientos cincuenta y nueve con 14/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005006801 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 494 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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