RESOLUCIÓN N° 774/22
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EFECTUADA DE MANERA DIRECTA. OBRA: NUEVA PILETA HOTEL TERMAS DE ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21339, el día 26 de Octubre de 2022.



SALTA, 21 de Octubre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 774

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 347-188.655/21 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 575/22; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado (fs. 92/93) se declara desierto el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 61/22 para la ejecución de la obra “NUEVA PILETA HOTEL TERMAS DE ROSARIO DE LA FRONTERA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.643.410,82 (pesos dos millones seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos diez con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico e la S.O.P., a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 80.72, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Disposición Nº119/21 de la Unidad Central de Contrataciones, se considera como precio testigo al presupuesto oficial confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas por el monto de $ 2.643.410,82 (pesos dos millones seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos diez con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022;

Que en ese marco a fs. 133/138, se efectuaron 3 (tres) invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres Nº 78/22, de fecha 19 de Septiembre de 2.022 (fs. 141), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas”, “FERRERO, SERGIO DAVID” e “INTECO S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 204/205, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada por Resolución S.O.P. Nº 575/22, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas: “FERRERO, SERGIO DAVID”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7º incs. i), j), l), ñ) y o) del Pliego de Condiciones Particulares, e “INTECO S.R.L.”, al observar que no presenta planilla de datos garantizados al momento de la apertura de sobres, incumpliendo con el antepenúltimo párrafo del artículo 7º del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que la oferta admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su análisis de precios razonable y su planilla de datos garantizados completa respecto a las calidades y durabilidad requeridos, su plan de trabajos y metodología coherentes y respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión de Preadjudicación recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas”, en la suma de $ 3.782.130,89 (pesos tres millones setecientos ochenta y dos mil ciento treinta con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, que representa un 1,20 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 207/212, rolan las constancias de la notificación del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 214/215, mediante Dictamen Nº 442/22, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaria de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 216, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 217, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 151/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de contratación efectuada de manera directa, llevado adelante por la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 575/22, para la ejecución de la obra “NUEVA PILETA HOTEL TERMAS DE ROSARIO DE LA FRONTERA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.643.410,82 (pesos dos millones seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos diez con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas: “FERRERO, SERGIO DAVID” e “INTECO S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072, adjudicar a la empresa “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas”, CUIT Nº 20-18593498-6, la ejecución de la obra “NUEVA PILETA HOTEL TERMAS DE ROSARIO DE LA FRONTERA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 3.782.130,89 (pesos tres millones setecientos ochenta y dos mil ciento treinta con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005000803 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 943 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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