RESOLUCIÓN N° 778/22
DECLARA FRACASADO PROCESO SELECTIVO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 62/22. OBRA: MEJORAS Y ACONDICIONAMIENTO SISTEMA DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE A PARAJES LA TROJA Y CHAMICAL - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21339, el día 26 de Octubre de 2022.



SALTA, 21 de Octubre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 778

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº125 - 111.226/19 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº62/22, para la contratación de la obra “MEJORAS Y ACONDICIONAMIENTO SISTEMA DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE A PARAJES LA TROJA Y EL CHAMICAL - DPTO. CAPITAL -PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 107/108, mediante Resolución S.O.P. Nº404/22, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 5.205.089,43 (pesos cinco millones doscientos cinco mil ochenta y nueve con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 113/114, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 115 en el Boletín Oficial, a fs. 119 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 28 de Julio de 2.022 (fs. 121), presenta su única oferta la empresa “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 182/183, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. Nº 404/22, la cual recomienda declarar fracasado el procedimiento de contratación, atento a que la oferente “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, presenta una oferta que supera holgadamente el presupuesto oficial actualizado (+92,42%), resultando inconveniente a los intereses del Estado Provincial, sugiriendo desestimar la oferta presentada;

Que a fs. 185, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentara impugnación al mismo;

Que a fs. 187/188, mediante Dictamen Nº 440/22, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaria de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para declarar fracasada la adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 189, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 114/22;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 62/22, encomendado mediante Resolución S.O.P. Nº 404/22, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra “MEJORAS Y ACONDICIONAMIENTO SISTEMA DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE A PARAJES LA TROJA Y EL CHAMICAL - DPTO. CAPITAL -PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 5.205.089,43 (pesos cinco millones doscientos cinco mil ochenta y nueve con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar fracasado el proceso selectivo de Adjudicación Simple Nº 62/22, mencionado en el Artículo 1º, por resultar inconveniente la oferta de la empresa “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva a realizar los trámites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, ultimo párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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