RESOLUCIÓN N° 79D/21
ACEPTA RENUNCIA. SRA. VIRGINIA DEL VALLE LÓPEZ. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 20933, el día 25 de Febrero de 2021.



SALTA, 18 de Febrero de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 79 D

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 0020236-301587/2020-0

VISTO
la renuncia presentada por la señora Virginia Del Valle López, personal de planta permanente, dependiente de la Servicio Administrativo Financiero-Secretaría General de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en obtención del beneficio jubilatorio de la citada agente;

Que, conforme lo establece el artículo 8º, inciso f), de la Ley Nº 5.546 (Estatuto del Empleado Público), modificado por el artículo 15 de la Ley Nº 8.064, una vez que el agente obtenga la jubilación, corresponde emitir el acto administrativo de extinción de la relación de empleo público;

Que en tal sentido, la señora López manifestó su voluntad de no someterse al examen médico de egreso requerido, no registra sumario administrativo en trámite, ni posee bienes patrimoniales a su cargo;

Que la Secretaría Legal y Técnica de la Secretaría General de la Gobernación, ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1º, apartado B), quinto párrafo del Decreto Nº 4.955/2008, modificado por el artículo 1º de su similar Nº 1.595/2012,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de diciembre de 2020, la renuncia de la señora VIRGINIA DEL VALLE LÓPEZ, DNI Nº 11.283.175, al cargo: Profesional Intermedio - Agrupamiento: Profesional - Subgrupo 2 - Función Jerárquica I - Nº de Orden 31, del Decreto Nº 447/2016, con retención del cargo Nº 32 Técnico Intermedio -Agrupamiento: Técnico- Sub grupo 2, Función Jerárquica III, dependiente de la Sub Unidad Registro y Archivo, Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación - Secretaría General de la Gobernación.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la citada agente, no se realizará el examen psicofísico de egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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