RESOLUCIÓN N° 8/22
DISPONE LA APERTURA DE LA INSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DEL CONCURSO PARA EL INGRESO A LA PLANTA PERMANENTE DEL ESTADO. DECRETO Nº 176/2022 A PARTIR DEL 06 DE JUNIO DE 2022 Y HASTA EL 05 DE JULIO DE 2022 INCLUSIVE.

Publicado en el Boletín N° 21241, el día 31 de Mayo de 2022.



SALTA, 27 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 8

SECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

VISTO la Resolución Nº 344 D/2022 de la Coordinación Administrativa: y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la misma se aprobó el Reglamento del Procedimiento Concursal para el Ingreso a la Planta Permanente del Estado, dispuesto por Decreto Nº 176/2022;

Que en ese marco el artículo 7º de la mentada reglamentación, prevé la facultad de esta Secretaría para emitir el acto administrativo que disponga el inicio de la inscripción al concurso a planta permanente;

Que al efecto, deviene procedente precisar aspectos operativos de la referida instancia concursal;

Por ello,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Disponer la apertura de la instancia de Inscripción del Concurso para el Ingreso a la Planta permanente del Estado, dispuesto por Decreto Nº 176/2022, a partir del 6 de junio de 2022 y hasta el 5 de julio de 2022 inclusive.

ARTÍCULO 2º.-Dejar establecido que para la inscripción se deberá tener en cuenta:

- El cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos 7º y 8º del reglamento concursal aprobado por Resolución Nº 344 D/2022.

- La inscripción será personal, salvo caso fortuito o fuerza mayor, en los que se podrá realizar el trámite a través de terceros con autorización escrita previa.

ARTÍCULO 3º.-Aprobar los formularios de inscripción y de certificación de documentación, los que como Anexos I y II forman parte de la presente.

ARTÍCULO 4º.-Dejar sentado que para el cumplimiento del requisito previsto en el inciso e) del artículo 8º del Reglamento del Procedimiento Concursal para el Ingreso a Planta Permanente del Estado, aprobado por Resolución Nº 344D/ 2022 de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, los postulantes deberán presentar un certificado médico de aptitud laboral expedido por institución pública o privada.

Una vez dispuesta la Resolución del artículo 10 del referido Reglamento y previo a la emisión del Decreto que perfecciona el ingreso a planta permanente, los admitidos deberán presentarse en el Área de Medicina Laboral de la Subsecretaría de Personal, a fin de que se les indique los estudios médicos preocupacionales necesarios y el lugar de realización de los mismos, los que serán sin costo alguno.

Efectuados los estudios, se dará intervención al Área de Medicina Laboral, la que proporcionará el Dictamen Médico Laboral de procedencia, en el que se tendrá en cuenta los partes médicos aportados por los postulantes oportunamente.

No se perfeccionará el ingreso a planta permanente del Estado, sin el certificado de aptitud emitido en estas condiciones.

ARTÍCULO 5º.- Dar a conocer los responsables de las inscripciones en cada Ministerio y los organismos de recepción de los formularios y de la documentación requerida al efecto, de conformidad al Anexo III de la presente.

ARTÍCULO 6º.-Encomendar a la Subsecretaría de Recursos Humanos la gestión y provisión de los certificados previstos en el inciso j) del artículo 8º del Reglamento del Procedimiento Concursal para ingreso a la Planta Permanente del Estado, aprobado por Resolución Nº 344 D/2022 de la Coordinación Administrativa de la Gobernación.

ARTÍCULO 7º.- Los certificados de antecedentes penales provinciales expedidos por la Policía de la Provincia, podrán ser gestionados a través de los responsables de las inscripciones de cada organismo, consignados en el Anexo III de la presente.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Riise



VER ANEXO



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