RESOLUCIÓN N° 817D/22
ACEPTA RENUNCIA. SR. CARLOS BERNARDO SALDAÑA. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21363, el día 30 de Noviembre de 2022.



SALTA, 29 de Noviembre de 2022

RESOLUCION DELEGADA Nº 817 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

EXPEDIENTE Nº 209306/22-código 177

VISTO la renuncia presentada por el señor CARLOS BERNARDO SALDAÑA, D.N.I Nº 12.776.350, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital “Dr. Oscar H. Costas" de Joaquín V. González - Ministerio de Salud Pública, a partir del 1 de septiembre de 2022, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 1317, de fecha 16 de junio de 2022, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno a su nombre (fs. 08 y 18);

Que el agente cumplimento con la presentación del examen Psico-Físico de Egreso, (fs. 16);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega a la Secretaría General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 1 de septiembre de 2022, la renuncia del señor CARLOS BERNARDO SALDAÑA, D.N.I Nº 12.776.350, al Cargo: Chofer - Agrupamiento: Mantenimiento y Servicios Generales - Subgrupo: 4 - Nº de Orden: 131, del Decreto 1034/96, con desempeño como Jefe de Sector Mantenimiento - Función Nº 22, dependiente del Hospital “Dr. Oscar H. Costas” de Joaquín V. González - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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