RESOLUCIÓN N° 818D/19
ACEPTA RENUNCIA. OFICIAL AYUDANTE MARIA ÚRSULA SANCHEZ. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20631, el día 22 de Noviembre de 2019.



SALTA, 15 de Noviembre de 2019

RESOLUCION N° 818 D

MINISTERIO DE SEGURIDAD.-

Expediente N° 44-96.198/2.019.-

VISTO las actuaciones de referencia, donde Jefatura de Policía de la Provincia eleva para su aceptación la renuncia presentada por la Oficial Ayudante María Úrsula Sánchez, a la citada Institución Policial; y,

CONSIDERANDO:

Que la Oficial Ayudante Sánchez eleva nota dirigida al Jefe inmediato Superior en la que el presenta su renuncia como Funcionaria Policial, por razones de índole personal;

Que a fs. 13 la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Policía de la Provincia produce dictamen al respecto, quien se expide que no existe impedimento alguno para hacer lugar a lo solicitado;

Que el Jefe de Policía de la Provincia ha dictado la Resolución N° 36.393/2.019, mediante la cual hace lugar al inicio de trámite de renuncia formulado por la Oficial Ayudante María Úrsula Sánchez quedando a esa fecha a disposición de la Dirección General de Recursos Humanos;

Que la renunciante por voluntad propia expresa que no son sus deseos someterse al examen médico de egreso previsto en la normativa reglamentaria de la Ley N° 24.557 [Decreto Nacional N° 1.338/96, Artículo 9°, Resolución SRT N° 43/97, (Art. 6°) y Decreto N° 1901/09]; según Declaración Jurada que rola a fs. 19, por lo que deberá dejarse expresa constancia de ello, deslindando todo tipo de responsabilidad por parte de la Institución en caso de surgir alguna novedad con respecto a su salud;

Que a fs. 21 la División Administración de Recursos Humanos informa sobre las licencias usufructuadas por la citada Oficial;

Que a fs. 24 la División Servicio Previsional de la Policía de la Provincia de Salta solicita se proceda a dar de baja a partir del 08 de enero del 2.020, los haberes que viene percibiendo la Oficial Sánchez y posteriormente a fs. 25 interviene la Sección Liquidaciones de Sueldos, quien deberá tomar los recaudos necesarios para registrar que a partir del 08 de enero del 2.020 deberá darse de baja de los haberes, en razón de que la misma se encuentra usufructuando Licencias Reglamentarias y Compensatorias desde el 04 de septiembre del 2.019 hasta el 07 de enero del 2.020 inclusive;

Que a fs. 27 el señor Jefe de Policía de la Provincia informa que se han cumplimentado los requerimientos previos del caso, no existiendo inconveniente alguno para que dicha renuncia sea aceptada recién a partir del 08 de enero del 2.020, en razón que la Oficial María Úrsula Sánchez el día 07 de enero de 2.020 culminará con las licencias que la Policía de la Provincia adeuda a la misma;

Que atento lo expresado y en virtud al Dictamen N° 1.269/2.019 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, es procedente el dictado del instrumento legal correspondiente aceptando la renuncia presentada por la Oficial Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, María Úrsula Sánchez, de acuerdo con lo establecido en las normas legales vigentes;

Por ello, atento las facultades delegadas por el Decreto N° 1.595/12 y conforme las potestades y atribuciones conferidas por la Ley N° 8.053 y demás normas reglamentarias vigentes;

EL MINISTRO DE SEGURIDAD:

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la señora MARIA URSULA SANCHEZ, Clase 1.992, DNI. N° 36.802.132 -Legajo Personal N° 22.789, Cuerpo Seguridad -Escalafón General, como Oficial Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, a partir del 08 de enero del 2.020; debiendo Jefatura de Policía tomar los recaudos pertinentes para dar la baja de los haberes en la fecha indicada con el fin de deslindar cualquier responsabilidad administrativa, en mérito a las razones enunciadas en el considerando precedente;

ARTICULO 2°.- Dejar establecido que la renunciante no se sometió al examen médico de egreso previsto en la normativa reglamentaria de la Ley N° 24.557 [Decreto Nacional N° 1338/96, Artículo 9°, Resolución SRT N° 43/97, (Art. 6°) y Decreto N° 1.901/09].-

ARTICULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-



Oliver





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