RESOLUCIÓN N° 81D/22
ACEPTA RENUNCIA. LIC. GLADYS ELIZABETH LARREA ENCINAS. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21177, el día 21 de Febrero de 2022.



SALTA, 8 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 81 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 251974/21-código 89

VISTO
la renuncia presentada por la Lic. GLADYS ELIZABETH LARREA ENCINAS, D.N.I Nº 13.346.664, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital Público de Autogestión "San Bernardo" - Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de noviembre de 2021, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio tramitado a través del Expediente Nº 0242713346664441, otorgada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 06 y 10);

Que la agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso, por su expresa negativa (fs. 05);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de noviembre de 2021, la renuncia de la Lic. GLADYS ELIZABETH LARREA ENCINAS, D.N.I Nº 13.346.664, al Cargo: Nutricionista - Agrupamiento: Profesional de la Salud - Subgrupo: 1 - Nº de Orden 315, del Decreto Nº 3602/99, dependiente del Hospital Público de Autogestión "San Bernardo" - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la Lic. LARREA ENCINAS, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Esteban





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