RESOLUCIÓN N° 82D/22
ACEPTA RENUNCIA. SRA. CARMEN MARTINA MEDINA. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21177, el día 21 de Febrero de 2022.



SALTA, 8 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 82 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. nº 229313/21-código 179

VISTO
la renuncia presentada por la Sra. CARMEN MARTINA MEDINA, D.N.I. Nº 11.377.601, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital Melchora F. de Cornejo - Rosario de la Frontera - Ministerio de Salud Pública, a partir del 09 de septiembre de 2021, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01306 de fecha 06 de julio de 2021, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 07 y 09);

Que la agente incumplió con la presentación del Examen Psico - Físico de Egreso por su expresa negativa, (fs. 06);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 09 de septiembre de 2021, la renuncia de la Sra. CARMEN MARTINA MEDINA, D.N.I Nº 11.377.601, al Cargo: Servicios Generales - Agrupamiento: Mantenimiento y Servicios Generales - Subgrupo: 5 - Nº de Orden: 127.3, del creado por Decreto Nº 270/11, dependiente del Hospital "Melchora F. de Cornejo" - Rosario de la Frontera - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la Sra. MEDINA no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Esteban





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