RESOLUCIÓN N° 856/22
HACE LUGAR A LOS RECURSOS PRESENTADOS Y, EN CONSECUENCIA, ADMITE AL CONCURSO DE INGRESO A PLANTA PERMANENTE PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL Y A LAS CAPACITACIONES, AL PERSONAL QUE SE DETALLA EN EL ANEXO I

Publicado en el Boletín N° 21368, el día 07 de Diciembre de 2022.



SALTA, 6 de Diciembre de 2022

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 856 D

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN

VISTO la Resolución Nº 742 D/2022 de esta Coordinación, y;

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la misma se dispuso la admisión y el rechazo como inscriptos, de los postulantes al concurso de ingreso a planta permanente de la Administración Pública Provincial, determinado por Decreto Nº 176/22 y reglamentado por la Resolución Nº 344 D/22 de la Coordinación Administrativa de la Gobernación;

Que como consecuencia, los postulantes rechazados presentaron recursos contra la mentada resolución que les denegó las solicitudes de inscripción, manifestando los agravios que justifican su legitimidad para el caso, de conformidad a lo establecido por el artículo 10 del reglamento concursal pertinente;

Que, así las cosas y en atención a la competencia asignada a la Coordinación Administrativa de la Gobernación por los artículos 1º y 10 de la reglamentación concursal, deviene necesario y procedente la emisión de la resolución que disponga la admisión de los postulantes, cuyos recursos hayan sido acogidos favorablemente;

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 26 del reglamento concursal;

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Hacer lugar a los recursos presentados y, en consecuencia, admitir al concurso de ingreso a planta permanente para la Administración Pública Provincial y a las capacitaciones, al personal que se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente, en base a los considerandos expuestos.

ARTÍCULO 2º.- Los errores y omisiones que pudieren detectarse en lo aprobado por el presente instrumento, no crean derecho alguno y deberán subsanarse por resolución de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente de la Coordinación Administrativa de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos



VER ANEXO



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