RESOLUCIÓN N° 87/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA:CUNETA, BADENES Y PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE EL JARDÍN - DPTO. LA CANDELARIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21404, el día 02 de Febrero de 2023.



SALTA, 26 de enero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 87

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 259.432/22 - Cpde. 13 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CUNETA, BADENES Y PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE EL JARDÍN - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 660/21 (fs. 66/67) a la empresa SEMACO S.A., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 15.539.905,09 (pesos quince millones quinientos treinta y nueve mil novecientos cinco con 09/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021 (fs. 03/04);

Que a fs. 45, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 24 rola Nota de Pedido Nº 06 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 47/48, mediante Actuación Nº 60/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 49/50 el Dictamen Nº 153/22 y a fs. 51 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 6,23 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021;

Que a fs. 53, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 16.508.775,67 (pesos dieciséis millones quinientos ocho mil setecientos setenta y cinco con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021 por la suma de $ 15.539.905,09 (pesos quince millones quinientos treinta y nueve mil novecientos cinco con 09/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 968.870,58 (pesos novecientos sesenta y ocho mil ochocientos setenta con 58/100);

Que a fs. 56/60, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 62/63, mediante Dictamen Nº 59/23, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del al Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 64, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 65, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 15/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CUNETA, BADENES Y PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE EL JARDÍN - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 660/21, a la contratista SEMACO S.A.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 660/21, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 16.508.775,67 (pesos dieciséis millones quinientos ocho mil setecientos setenta y cinco con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021 por la suma de $ 15.539.905,09 (pesos quince millones quinientos treinta y nueve mil novecientos cinco con 09/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondiente al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 968.870,58 (pesos novecientos sesenta y ocho mil ochocientos setenta con 58/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista SEMACO S.A., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007162001 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 586 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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