RESOLUCIÓN N° 882/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIÓN DE TECHOS EN ESCUELA Nº 4018 - DR. JOSÉ VICENTE SOLÁ - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21365, el día 02 de Diciembre de 2022.



SALTA, 17 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 882

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 158 - 252.706/21 - 0

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra “REFACCIÓN DE TECHOS EN ESCUELA Nº4018 - DR. JOSÉ VICENTE SOLÁ - DPTO. CAPITAL - SALTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que fs. 02/08 rola la solicitud presentada por la Directora de la Escuela Nº 4018 “Dr. José Vicente Solá” y el informe técnico elaborado por la Direccion de Obras de Educación de la S.O.P., planteando las necesidades de realizar tareas de refacciones de la cubierta y el cielorraso, las cuales posibilitarán el correcto funcionamiento del servicio de educación que se brinda en la misma;

Que la presente contratación tiene por objeto la refaccion de techos para dar respuesta a los problemas de filtraciones y humedades existentes en las cubiertas, ejecutando la construcción de un sobretecho de chapa en galería, el refuerzo de correas en la cubierta existente, el reacambio parcial de membrana hidrófuga y la colocación de canaletas de chapa en las galerías, conforme al detalle de la Memoria descriptiva de fs. 18/19 y de la documentación técnica de fs. 34/51;

Que, en virtud de ello, a fs. 17/51 la Dirección de Obras de Educación, confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $2.462.501,03 (pesos dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos uno con 03/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022,conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 46/47;

Que la contratación y la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley 8.072), con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a fs. 16 rola el informe Tecnico Ambiental Interno Nº 314/22 emitido por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 55 vta. y 56, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 62/63, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 64/66, mediante Dictamen Nº 483/22, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 67, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 200/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/20 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 17/51 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para la ejecución de la obra “REFACCIÓN DE TECHOS EN ESCUELA Nº4018 - DR. JOSÉ VICENTE SOLÁ - DPTO. CAPITAL - SALTA”, con un presupuesto oficial de $2.462.501,03 (pesos dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos uno con 03/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

  • > Arq. Emidio Posse - Jefe de Programa de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

  • >> Arq. Teresita Chaile - Agente de la Dirección de Obras de Salud de la Secretaría de Obras Públicas.

  • >>> Arq. Maria Graciela Vilariño - Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

  • >>>> Dr. Agustin Bonari - Direccion de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura.

  • >>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará hasta la suma de $ 1.000.000,00 al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

    ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación conla Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.023, parala terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/1.957.

    ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



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