RESOLUCIÓN N° 895/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: OBRAS COMPLEMENTARIAS - SALA VELATORIA MUNICIPAL - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21367, el día 06 de Diciembre de 2022.



SALTA, 24 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 895

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 188.775/22 - 0

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “OBRAS COMPLEMENTARIAS - SALA VELATORIA MUNICIPAL - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/13, el Sr. Intendente de la Municipalidad de El Tala presenta el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la que posibilitará complementar las tareas para contar con una sala velatoria destinada a la comunidad en general que permitirá a las familias despedir a las personas fallecidas de acuerdo a las costumbres culturales y religiosas de la localidad;

Que la presente contratación tiene por objeto resolver el cerramiento del predio, ubicado en calle San Martin entre calles 20 de Febrero y 9 de Julio, con tapias o medianeras faltantes y la ejecución de tareas complementarias que incluyen la provisión de equipos de aire acondicionado, equipamiento interior y exterior y parquizado y arbolado, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 03/04 y documentación técnica de fs. 05/08;

Que, en virtud de ello, a fs. 16/28, la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 14.338.682,71 (pesos catorce millones trescientos treinta y ocho mil seiscientos ochenta y dos con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 17/18;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Tala;

Que a fs. 29, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 388/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 32 vta. y 33, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 38/39, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 40/41, rola Dictamen Nº 523/22 emitido por la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 42, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 181/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “OBRAS COMPLEMENTARIAS - SALA VELATORIA MUNICIPAL EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 14.338.682,71 (pesos catorce millones trescientos treinta y ocho mil seiscientos ochenta y dos con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de El Tala.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de El Tala, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 4.301.604,81 al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica. 99 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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