RESOLUCIÓN N° 909/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: AMPLIACIÓN EN COLEGIO Nº 5.069 - LA POMA - DPTO. LA POMA -SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21370, el día 13 de Diciembre de 2022.



SALTA, 28 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 909

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 32.128/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO Nº 5.069 - LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que fs. 02/25 rolan los antecedentes y las solicitudes presentadas por el Senador y el Diputado Provincial del Dpto. La Poma, la Comision Cooperadora del Colegio Secundario Nº5069 y las áreas técnicas del Ministerio de Educacion, Ciencia, Cultura y Tecnología, planteando la necesidad de la ejecución de trabajos de refacciones en el establecimiento educativo, para dar respuesta a los problemas edilicios mejorando el desarrollo normal de las actividades que se brindan en el mismo;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de 2 (dos) aulas con su correspondiente corredor de vinculación con edificación existente, con similares características a la del edificio existente, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 35/37 y pliego de especificaciones técnicas particulares de fs. 55/75;

Que, en virtud de ello, a fs. 34/75 la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 19.056.266,48 (pesos diecinueve millones cincuenta y seis mil doscientos sesenta y seis con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 71/73;

Que la contratación y la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículos 14 de la Ley 8.072), con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a fs. 33, rola el informe Tecnico Ambiental Interno Nº 317/22 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 85 vta. y 86, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 92/93, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 95/96, mediante Dictamen Nº 416/22, la Direccion de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 97, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 205/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 34/75 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO Nº 5.069 - LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 19.056.266,48 (pesos diecinueve millones cincuenta y seis mil doscientos sesenta y seis con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

  • > Arq. María Graciela Vilariño Directora de Obras de Educación de la S.O.P.

  • >> Arq. Emidio Posse Jefe de Programa de Obras de Educación de la S.O.P.

  • >>> Arq. Héctor Lucardi Agente de Direccion de Obras de Educación de la S.O.P.

  • >>>> Dr. Rodrigo Fernando Catacata, Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura.

  • >>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará hasta la suma de $ 7.622.507,00 al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

    ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

    ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



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