RESOLUCIÓN N° 911/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.471 - EL MIRADOR - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21370, el día 13 de Diciembre de 2022.



SALTA, 28 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 911

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 158 - 69.190/22 - 0

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.471 - EL MIRADOR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que fs. 01 rolan las solicitudes presentadas por la Directora de la Escuela Nº Nº 4.471 y las áreas técnicas del Ministerio de Educacion, Ciencia, Cultura y Tecnología, planteando la necesidad de la ejecución de trabajos de refacciones en el citado establecimiento educativo, para dar respuesta a los problemas edilicios mejorando el desarrollo normal de las actividades que se brindan en el mismo;

Que la presente contratación tiene por objeto la refacción de los nucleos sanitarios, con cambio de piso y revestimientos, en uno de los edificios de la escuela, sito en el Paraje El Mirador, del Municipio de Rivadavia Banda Sur, como asi también la dotación de termotanque solar y conexión a tanque reserva de agua existente, demolición de tanque reserva y reemplazo parcial de chapas en cubierta y pintado de vigas y correas metalicas en galería, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 05/06 y de la especificaciones técnicas particulares de fs. 08/17;

Que, en virtud de ello, a fs. 04/17 la Dirección de Obras de Educacion de la S.O.P., confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 2.275.155.76 (pesos dos millones docientos setenta y cinco mil ciento cincuenta y cinco con 76/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022,conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 15/16;

Que la contratación y la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley 8.072), con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a fs. 23, rola el informe Tecnico Ambiental Interno Nº 263/22 emitido por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 29 vta. y 30, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 36/37, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economia y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 38/40, mediante Dictamen Nº 477/22, la Asesoría Legal de Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 41, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 192/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/20 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 04/17 y 20/22 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.471 - EL MIRADOR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.275.155,76 (pesos dos millones docientos setenta y cinco mil ciento cincuenta y cinco con 76/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Educacion de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

  • > Arq. Emidio Posse - Jefe de Programa de Obras de Educación de la Secreatría de Obras Públicas.

  • >> Arq. Teresita Chaile - Agente de la Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

  • >>> Arq. Maria Graciela Vilariño - Directora de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

  • >>>> Dr. Agustin Bonari - Direccion de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura.

  • >>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará hasta la suma de $1.365.094,00 al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

    ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Publicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Nº705/57.

    ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



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