RESOLUCIÓN N° 913/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ACONDICIONAMIENTO HIDRÁULICO EN ARROYO LA CALDERILLA - DPTO. LA CALDERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21371, el día 14 de Diciembre de 2022.



SALTA, 29 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 913

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 34 - 95.624/22 - 0

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra “ACONDICIONAMIENTO HIDRÁULICO EN ARROYO LA CALDERILLA - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/13, obra el proyecto elaborado por la Secretaría de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable para la ejecución de la obra mencionada, solicitado oportunamente por los pobladores de la localidad en consideración a los daños provocados por el desborde del arroyo La Calderilla en viviendas, camping, infraestructura de caminos, campos de cultivos, etc;

Que la presente contratación tiene por objeto el encauzamiento y defensa con gaviones en las zonas de desborde del arroyo La Calderilla, comprendiendo una longitud de 760 m. de encauzamiento y 65 m. de gaviones en las zonas críticas y el reacondicionamiento del cauce mediante la extracción del material sedimentado aguas arriba y aguas abajo en una longitud de 50 metros en el puente sobre Ruta Nacional Nº 9, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y documentación técnica de fs. 17/22;

Que en virtud de ello, a fs. 16/38, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 6.723.605,83 (pesos seis millones setecientos veintitrés mil seiscientos cinco con 83/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 24;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de La Caldera;

Que a fs. 41, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 46/47, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 48, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 456/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 49/50, rola el Dictamen Nº 524/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 51, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 178/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “ACONDICIONAMIENTO HIDRÁULICO EN ARROYO LA CALDERILLA - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 6.723.605,83 (pesos seis millones setecientos veintitrés mil seiscientos cinco con 83/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de La Caldera.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de La Caldera, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Proyecto: 622 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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