RESOLUCIÓN N° 914/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN DE ADOQUINADO EN CALLE MADELMO DIAS Y SALTA - LA POMA - DPTO. LA POMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21371, el día 14 de Diciembre de 2022.



SALTA, 29 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 914

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 121.299/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE ADOQUINADO EN CALLE MADELMO DIAZ Y SALTA - LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/16, el Sr. Intendente de la Municipalidad de La Poma presenta el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene por objeto mejorar el tránsito vehicular y peatonal, como así también solucionar el problema del escurrimiento de agua de lluvia en la zona intervenida;

Que la presente contratación comprende2.531,61 m2 de limpieza, replanteo y topografía, 683, 53 m3 de movimiento de suelo para apertura de caja, 2.531,61 m2 de compactación y perfilado de la subrasante, la ejecución, compactación y perfilado de 2.531,61 m2 de base de 15 cm de espesor la construcción de 2.531,61 m2 de adoquinado, un tramo de 91,02 ml de cordón cuneta de Hº Sº, 52,08 m2 de faja de confinamiento, 49,44 m2 de faja de contención, cartel y limpieza final de la obra, en calle Madelmo Díaz y calle Salta, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y documentación técnica de fs. 02/07;

Que en virtud de ello, a fs. 34/46, la Dirección de Obras Municipales confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 19.809.416,17 (pesos diecinueve millones ochocientos nueve mil cuatrocientos dieciséis con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 35;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de La Poma;

Que a fs. 31, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 285/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 48, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 53/54, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 55/56, rola Dictamen Nº 419/22 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 57, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 187/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE ADOQUINADO EN CALLE MADELMO DIAZ Y SALTA - LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 19.809.416,17 (pesos diecinueve millones ochocientos nueve mil cuatrocientos dieciséis con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de La Poma.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de La Poma, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 5.942.824,85 al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaria de Obras Publicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Nº705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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